Add parallel Print Page Options

Ciudades de refugio

(Nm 35:6-34)

20 Luego el SEÑOR le dijo a Josué: «Habla a los israelitas y pídeles que designen ciudades de refugio tal como se lo ordené por medio de Moisés. Así, el que mate a alguien sin querer o por accidente podrá huir allí. Esas ciudades serán un refugio para protegerse del pariente que tiene el deber de castigar al homicida.

»Cuando alguien huya a una de esas ciudades debe detenerse a la entrada de la ciudad, y explicar su caso a los ancianos de la ciudad. Entonces ellos le darán entrada en la ciudad y le darán un lugar dónde vivir. Luego si el pariente que tiene el deber de castigar al homicida lo persigue, no se lo deben entregar a él puesto que el homicida mató a su vecino sin haber sido antes enemigos. Él vivirá en esa ciudad hasta que sea juzgado por la asamblea y hasta la muerte del sumo sacerdote. Luego podrá volver a su propia ciudad y a su casa, de donde tuvo que huir».

Entonces eligieron estas ciudades: Cedes en Galilea, en la región montañosa de Neftalí; Siquén en la región montañosa de Efraín y Quiriat Arbá (esto es, Hebrón) en la región montañosa de Judá. Al otro lado del Jordán, al oriente de Jericó, eligieron a Béser en la meseta del desierto, en el territorio de la tribu de Rubén; a Ramot de Galaad en la tribu de Gad y a Golán de Basán, en el territorio de la tribu de Manasés. Esas fueron las ciudades que eligieron para refugio tanto de los israelitas como de los inmigrantes que viven entre ellos. Todo el que mate a otro por accidente puede escapar allá, y evitar que el pariente que tiene el deber de castigar al asesino lo mate antes de ser juzgado por la asamblea.