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»Si el hermano de un hombre muere sin tener hijos, la viuda no podrá casarse fuera de la familia. El hermano del marido deberá casarse con ella y darle descendencia. El primer hijo que ella le dé será considerado hijo del hermano muerto, a fin de que su nombre no sea olvidado. Pero si el hermano del muerto no quiere cumplir su deber en este asunto y se niega a casarse con la viuda, ella irá a la ciudad donde deliberan los ancianos de la ciudad y les dirá: “Mi cuñado no quiere hacer que continúe el nombre de su hermano. No quiere casarse conmigo”. Los ancianos de la ciudad lo llamarán y tratarán de convencerlo, y si aún se niega, la viuda se acercará a él en presencia de los ancianos, le sacará la sandalia del pie y le escupirá en el rostro. Entonces ella dirá: “Esto es lo que le ocurre a un hombre que se niega a dejar descendencia a su hermano”. 10 De allí en adelante, el nombre de la casa de ese hombre será “casa del descalzo”.

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