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»Si alguien da a su vecino dinero o cosas a guardar, y son hurtados de la casa de este, el ladrón, si es hallado, pagará(A) el doble. Si no es hallado el ladrón, entonces el dueño de la casa se presentará[a] ante los jueces[b](B), para determinar si él metió la mano en[c] la propiedad de su vecino. En toda clase de fraude[d], ya se trate de buey, de asno, de oveja, de ropa, o de cualquier cosa perdida, de la cual se pueda decir: “Esto es mío”, la causa[e] de ambos se llevará ante los jueces[f](C); y aquel a quien los jueces[g] declaren culpable pagará el doble a su vecino.

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Footnotes

  1. Éxodo 22:8 Lit. se acercará.
  2. Éxodo 22:8 O Dios.
  3. Éxodo 22:8 Lit. extendió su mano a.
  4. Éxodo 22:9 O todo asunto de transgresión.
  5. Éxodo 22:9 Lit. el asunto.
  6. Éxodo 22:9 O Dios.
  7. Éxodo 22:9 O Dios.