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18 En el mes primero comeréis los panes sin levadura, desde el día catorce del mes por la tarde hasta el veintiuno del mes por la tarde. 19 Durante siete días no se hallará levadura en vuestras casas, porque cualquiera que coma algo leudado, tanto extranjero como natural del país, será eliminado de la congregación de Israel. 20 Ninguna cosa leudada comeréis; en todas vuestras habitaciones comeréis panes sin levadura.”»

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