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18 Desde la tarde del día catorce del mes hasta la tarde del día veintiuno sólo podrán comer panes sin levadura. 19 En esos siete días no debe haber rastro de levadura en sus hogares. Durante ese tiempo, cualquiera que coma algo con levadura será expulsado de la comunidad de Israel. Esta misma regla se aplica a los extranjeros que vivan entre ustedes y a todos los que hayan nacido en el país. 20 Repito, durante esos días no deben comer ninguna cosa que contenga levadura; sólo comerán panes sin levadura».

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