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18 Desde la tarde del día catorce del primer mes hasta la tarde del veintiuno comeréis panes sin levadura. 19 Durante esos siete días no deberá haber levadura en vuestras casas, porque cualquiera que coma algo fermentado, tanto si es extranjero como si es israelita, será expulsado de la comunidad de Israel.

20 No comeréis nada fermentado; donde quiera que habitéis, comeréis panes sin levadura.

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