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24 ¶ Cuando alguno tomare mujer y se casare con ella, si después no le agradare por haber hallado en ella alguna cosa torpe, le escribirá carta de repudio, y se la entregará en su mano, y la despedirá de su casa.

Y salida de su casa, podrá ir y casarse con otro varón.

Y si la aborreciere el postrer varón, y le escribiere carta de repudio, y se la entregare en su mano, y la despidiere de su casa; o si muriere el postrer varón que la tomó para sí por mujer,

no podrá su primer marido, que la despidió, volverla a tomar para que sea su mujer, después que fue inmunda; porque es abominación delante del SEÑOR, y no harás que la tierra peque que el SEÑOR tu Dios te da por heredad.

¶ Cuando tomare alguno mujer nueva, no saldrá a la guerra, ni en ninguna cosa se le ocupará; libre estará en su casa por un año, para alegrar a la mujer que tomó.

No tomarás en prenda la muela de molino, ni la de abajo ni la de arriba, porque sería prendar la vida.

Cuando fuere hallado alguno que haya secuestrado persona de sus hermanos los hijos de Israel, y hubiere mercadeado con ella, o la hubiere vendido, el tal ladrón morirá, y quitarás el mal de en medio de ti.

Guárdate de llaga de lepra, guardando diligentemente, y haciendo según todo lo que os enseñaren los sacerdotes levitas; cuidaréis de hacer como les he mandado.

Acuérdate de lo que hizo el SEÑOR tu Dios a María en el camino, después que salisteis de Egipto.

10 Cuando dieres a tu prójimo alguna cosa prestada, no entrarás en su casa para tomarle prenda.

11 Fuera estarás, y el hombre a quien prestaste, te sacará afuera la prenda.

12 Y si fuere hombre pobre, no duermas con su prenda.

13 Sin falta le devolverás la prenda cuando el sol se ponga, para que duerma en su ropa, y te bendiga; y te será justicia delante del SEÑOR tu Dios.

14 ¶ No hagas violencia al jornalero pobre y menesteroso, así de tus hermanos como de tus extranjeros que están en tu tierra en tus ciudades.

15 En su día le darás su jornal, y el sol no se pondrá sobre él; pues es pobre, y con él sustenta su vida; para que no clame contra ti al SEÑOR, y sea en ti pecado.

16 Los padres no morirán por los hijos, ni los hijos por los padres; cada uno morirá por su pecado.

17 No torcerás el derecho del extranjero ni del huérfano; ni tomarás por prenda la ropa de la viuda;

18 mas acuérdate que fuiste esclavo en Egipto, y de allí te rescató el SEÑOR tu Dios; por tanto, yo te mando que hagas esto.

19 Cuando segares tu mies en tu tierra, y olvidares alguna gavilla en el campo, no volverás a tomarla; del extranjero, o del huérfano, o de la viuda será; para que te bendiga el SEÑOR tu Dios en toda obra de tus manos.

20 Cuando sacudieres tus olivas, no recorrerás las ramas tras ti; del extranjero, del huérfano, y de la viuda será.

21 Cuando vendimiares tu viña, no rebuscarás tras ti; del extranjero, del huérfano, y de la viuda será.

22 Y acuérdate que fuiste esclavo en tierra de Egipto; por tanto, yo te mando que hagas esto.

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