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Las ciudades de refugio

19 Cuando Jehová tu Dios destruya a las naciones cuya tierra Jehová tu Dios te da a ti, y tú las heredes, y habites en sus ciudades, y en sus casas;

te apartarás tres ciudades en medio de la tierra que Jehová tu Dios te da para que la poseas.

Arreglarás los caminos, y dividirás en tres partes la tierra que Jehová tu Dios te dará en heredad, y será para que todo homicida huya allí.

Y éste es el caso del homicida que podrá salvar su vida huyendo allí: aquél que hiera a su prójimo sin intención y sin haber tenido enemistad con él anteriormente;

como el que vaya con su prójimo al monte a cortar leña, y al dar su mano el golpe con el hacha para cortar algún leño, salte el hierro del mango, y dé contra su prójimo y éste muriere; aquél huirá a una de estas ciudades, y vivirá;

no sea que el vengador de la sangre, enfurecido, persiga al homicida, y le alcance por ser largo el camino, y le hiera de muerte, no debiendo ser condenado a muerte por cuanto no tenía enemistad con su prójimo anteriormente.

Por tanto yo te mando, diciendo: Separarás tres ciudades.

Y si Jehová tu Dios ensancha tu territorio, como lo juró a tus padres, y te da toda la tierra que prometió dar a tus padres,

siempre y cuando guardes todos estos mandamientos que yo te prescribo hoy, para ponerlos por obra; que ames a Jehová tu Dios y andes en sus caminos todos los días; entonces añadirás tres ciudades más a estas tres,

10 para que no sea derramada sangre inocente en medio de la tierra que Jehová tu Dios te da por heredad, y no seas culpado de derramamiento de sangre.

11 Pero si algún hombre aborrece a su prójimo y lo acecha, y se levanta contra él y lo hiere de muerte, y muere; si huye a alguna de estas ciudades,

12 entonces los ancianos de su ciudad enviarán y lo sacarán de allí, y lo entregarán en mano del vengador de la sangre para que muera.

13 No le compadecerás; y quitarás de Israel la sangre inocente, y te irá bien.

14 En la heredad que poseas en la tierra que Jehová tu Dios te da, no reducirás los límites de la propiedad de tu prójimo, que fijaron los antiguos.

Leyes sobre el testimonio

15 No se tomará en cuenta a un solo testigo contra ninguno en cualquier delito ni en cualquier pecado, en relación con cualquier ofensa cometida. Sólo por el testimonio de dos o tres testigos se mantendrá la acusación.

16 Cuando se levante testigo falso contra alguno, para testificar contra él,

17 entonces los dos litigantes se presentarán delante de Jehová, y delante de los sacerdotes y de los jueces que estén en funciones entonces.

18 Y los jueces inquirirán bien; y si aquel testigo resulta falso, y ha acusado falsamente a su hermano,

19 entonces haréis a él como él pensó hacer a su hermano; y quitarás el mal de en medio de ti.

20 Y los que queden oirán y temerán, y no volverán a hacer más una maldad semejante en medio de ti.

21 Y no le compadecerás; vida por vida, ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie.

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